Para presentar la Estructura Tributaria de este periodo nos basamos en el Decreto Supremo No 287-68-HC que tuvo vigencia en la década del setenta, y en el Decreto Legislativo No 200 del 12 de junio de 1981.
Podemos decir que los principales tributos de este periodo histórico fueron:
1.1 Impuesto a la renta.
1.2 Impuesto al patrimonio.
1.3 Impuesto a las ventas, los servicios, la producción y el consumo.
1.4 Impuesto a las importaciones.
1.5 Impuesto a las exportaciones.
ACTIVIDAD:
1.- INVESTIGA CADA UNO DE ESTOS TRIBUTOS.

Según la autoridad tributaria este aumento obedece a la mayor recaudación generada a partir de los sectores no primarios, lo cual ha servido para compensar la menor recaudación proveniente de los sectores primarios.
ResponderEliminarImpuesto:
Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado.
Contribución:
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.
Tasa
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.
Para complementar
ResponderEliminarCompilación de procedimiento tributario 2013 - 2014
Elementos de la obligación tributaria
Se debe suministrar la información que le solicite la Dian así no sea contribuyente del tributo en cuestión
Los acuerdos entre particulares pueden afectar la responsabilidad económica de un tributo más no la responsabilidad jurídica
Sujeto pasivo en los impuestos
Principio de eficiencia tributaria
En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, tabaco) o fomentar o desalentar determinadas actividades económicas. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible
Concepto
ResponderEliminarEl sistema tributario peruano es el conjunto de impuestos, contribuciones y tasas que existen en el Perú.
Estructura
El Estado peruano es el poder político organizado por la Constitución de 1993. El Estado se encuentra organizado en tres niveles de gobierno: nacional, regional y local.
Cada uno de estos niveles agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de bienes y servicios públicos cuyos costos operativos deben ser financiados básicamente con tributos.
El Decreto Legislativo No. 771, vigente desde enero de 1994, es denominado como la “Ley Marco del Sistema Tributario Nacional.
Esta norma regula la estructura del sistema tributario peruano, identificando cuatro grandes sub-conjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados
En la medida que un contribuyente utiliza los bienes y servicios de su localidad, tiene que retribuir a través del pago de impuestos, contribuciones y tasas que son recaudadas por las Municipalidades Distritales y Provinciales.
ResponderEliminarEstos tributos no están detallados en el D. Leg. No. 771. El citado dispositivo señala que la Ley de Tributación Municipal – LTM (6) establece la relación de los tributos que financian a las 1,832 Municipalidades actualmente existentes.
3.1) Impuestos
En materia de impuestos los arts. 3.a, 6 y 3.c de la LTM se refieren al Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto a las Apuestas, Impuesto a los Juegos, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto al Rodaje e Impuesto a las Embarcaciones de Recreo.
IMPUESTO A LA RENTA:
ResponderEliminarEl Impuesto a la Renta es un tributo que se determina anualmente y considera como “ejercicio gravable” aquel que comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año. Grava las rentas que provengan de la explotación de un capital (bien mueble o inmueble), las que provengan del trabajo realizado en forma dependiente e independiente, las obtenidas de la aplicación conjunta de ambos factores (capital y trabajo), así como las ganancias de capital.
Si bien la determinación del Impuesto a la Renta es de carácter anual, a lo largo del “ejercicio gravable”, dependiendo del tipo de renta, se realizan pagos a cuenta de manera directa por el contribuyente o se efectúan retenciones. Estos conceptos son considerados adelantos del Impuesto Anual y se pueden utilizar como créditos a fin de aminorar (reducir, descontar) el monto del Impuesto que se determine en la Declaración Jurada Anual.
IMPUESTO AL PATRIMONIO:
El impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto que se aplica individualmente, no sobre los ingresos o transacciones, sino sobre el patrimonio personal de las personas físicas, y se calcula basándose en el valor de todos los bienes del sujeto pasivo. Se aplica a nivel nacional en algunos países del mundo. Sus partidarios alegan que ayuda a la redistribución de la riqueza, mientras que sus detractores señalan que no logra este objetivo y con frecuencia empobrece a los países por la expatriación de los capitales.
IMPUESTO A LAS VENTAS, LOS SERVICIOS, LA PRODUCCIÓN Y EL CONSUMO:
La ley simplifica el régimen del impuesto sobre las ventas (IVA) al eliminar las tarifas diferenciales del 1.6%, 10%, 20%, 25%, y del 35%, manteniendo la tarifa general del 16% y determinando como tarifas diferenciales únicamente el 5% para algunos bienes y servicios y el 0% para el caso de operaciones exentas.
En consecuencia, los bienes y servicios que estaban gravados a las tarifas diferenciales que se eliminan pasan a ser gravadas a la tarifa general del 16%, tal es el caso de los vehículos que se gravaban al 20%, 25%, y 35%, entre otros.
IMPUESTO A LAS IMPORTACIONES:
El marco normativo de este tipo de impuesto está constituido por la Ley General de Aduanas y el Arancel de Aduanas. En el caso de la ley, el tema tributario está contenido en su Título II, denominado Del Régimen Tributario Aduanero.
De acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Aduanas, ADUANAS es el organismo del Estado encargado de la administración, recaudación, control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero. Para ello, se define Territorio Aduanero como la parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y aéreo, dentro del cual es aplicable la legislación aduanera. Las fronteras del territorio aduanero coinciden
IMPUESTO A LAS EXPORTACIONES:
Se considerará exportación de bienes, la venta de bienes muebles que realice un sujeto domiciliado en el país a favor de un sujeto no domiciliado, independientemente de que la transferencia de propiedad ocurra en el país o en el exterior, siempre que dichos bienes sean objeto del trámite aduanero de exportación definitiva.
En el caso de venta de bienes muebles donde la transferencia de propiedad ocurra en el país hasta antes del embarque, lo dispuesto en el párrafo anterior está condicionado a que los bienes objeto de la venta sean embarcados en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de emisión del comprobante de pago respectivo.
1.- Impuestos: Tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.
ResponderEliminar2.- Tasas: Tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario; cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.
3.- Contribuciones especiales: Tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o el establecimiento o ampliación de servicios públicos.
Y así se establece la estructura tributaria, de modo que todos los que vivimos dentro del país aportemos para hacer frente a los gastos que requiere el mismo para prestar los servicios esenciales, desarrollarse, etc. Como si todos viviéramos en una gran casa (en este caso Paraguay) y debiéramos contribuir a los gastos que demande la misma: luz, teléfono, agua, limpieza, arreglos, etc. No sería lógico que alguno de los que vivieran en la casa no aporten absolutamente nada al efecto. En nuestro caso muchos de nosotros nunca lo hemos hecho, dado que no se halla vigente aún un Impuesto a la Renta Personal.
ResponderEliminarComo decíamos, una manera de generar recursos para la administración pública, es el establecimiento de impuestos, que a veces son creados para financiar actividades o proyectos específicos y en otras son de índole general y contribuyen a solventar los gastos, inversiones y/o proyectos que se llevan a cabo.
También podrían generarse recursos a través del cobro directo por parte de la administración pública en virtud de algunos servicios que presta (sería una contraprestación de servicios) o bien contratando un empréstito para financiar los gastos (un préstamo, como si el Estado fuere una persona física o una familia).
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ResponderEliminarESTRUCTURA TRIBUTARIA
ResponderEliminarLa estructura tributaria de un país (es decir los tipos de impuestos que se determinan y pagan) dependerá del gasto público. Esto significa que, según fuere el nivel y composición presupuesto acordado o preparado y según fueren las actividades de la administración pública, y de su financiamiento, se crea una manera o forma de recaudar los impuestos de todos y cada uno de nosotros a fin que aportemos al presupuesto de la administración pública.